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 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Estado de México y Municipios.
Nota: En algunos casos derivado de la carga que se maneja, puede tardar
en abrirse la información por lo que es recomendable utilizar navegador internet
explorer cualquier versión y tener instalado adobe reader en su ordenador.
Artículo 12. Los Sujetos Obligados deberán tener disponible en medio magnético impreso o electrónico, de manera permanente y actualizada, de forma sencilla, precisa y entendible para los particulares, la información siguiente:
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Leyes,
reglamentos, decretos, acuerdos, convenios, manuales de organización y
procedimientos y demás disposiciones en los que se establezca su marco
jurídico de actuación
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Directorio de servidores
públicos de mandos medios y superiores con referencia particular a su
nombramiento oficial, puesto funcional, remuneración de acuerdo con lo
previsto por el Código Financiero; datos que deberán señalarse de forma
independiente por dependencia y entidad pública de cada Sujeto Obligado
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Los programas anuales de
obras y, en su caso, la información relativa a los procesos de
licitación y contratación del área de su responsabilidad
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La que contenga los
sistemas, procesos, oficinas, ubicación, costos y responsables de
atender las solicitudes de acceso a la información, así como el registro
de las solicitudes recibidas y atendidas
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Nombre, dirección, teléfono y horarios de atención al público de los responsables de las Unidades de Información
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La contenida en los acuerdos y actas de las reuniones oficiales, de cualquier órgano colegiado de los Sujetos Obligados
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Presupuesto asignado y
los informes sobre su ejecución, en los términos que establece el
Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado
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Padrones de beneficiarios
de los programas desarrollados por el Estado y los municipios, así como
información disponible sobre el diseño, montos, acceso y ejecución de
los programas de subsidio, siempre y cuando la publicación de estos
datos no produzca discriminación. Esta disposición sólo será aplicable
en aquellos programas que por su naturaleza y características permitan
la integración de los padrones de referencia
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La situación financiera
de los municipios, Poder Legislativo y sus órganos, Poder Judicial y
Consejo de la Judicatura, Tribunales Administrativos, Órganos Autónomos,
así como de la deuda pública municipal, conforme a las disposiciones
legales aplicables
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La que proporcionen los partidos políticos a la autoridad electoral, a la que sólo tendrán acceso los mexicanos
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Los procesos de
licitación y contratación para la adquisición de bienes, arrendamientos y
prestación de servicios que hayan celebrado en el área de su
responsabilidad con personas físicas o morales de derecho privado
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Convenios que suscriban con otros entes de los sectores público, social y privado
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Mecanismos de
participación ciudadana en los procesos de elaboración, implementación y
evaluación de políticas públicas y toma de decisiones
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Planeación, programación y contenidos de la información que difundan a través de los diversos medios escritos y electrónicos
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Agenda de reuniones públicas a las que convoquen los titulares de los sujetos obligados
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Índices de Información clasificada como reservada y listado de bases de datos personales que cada sujeto obligado posee y maneja
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Expedientes concluidos relativos a la expedición de autorizaciones, permisos, licencias, certificaciones y concesiones
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Los informes de las
auditorías realizadas por los órganos de control interno, la Secretaría
de la Contraloría, los órganos de control interno de los Poderes
Legislativo y Judicial, las contralorías de los órganos autónomos, el
Órgano Superior de Fiscalización, las contralorías municipales y por los
despachos externos y las aclaraciones que correspondan
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Programas de trabajo e
informes anuales de actividades de acuerdo con cada plan o programa
establecido por los Sujetos Obligados
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Los indicadores
establecidos por los Sujetos Obligados, tomando en cuenta las metas y
objetivos planteados en el Plan Estatal de Desarrollo y demás
ordenamientos aplicables
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Los trámites y servicios ofrecidos así como los requisitos para acceder a los mismos
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Informes y estadísticas que tengan que realizar en términos del Código Administrativo del Estado de México
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Las cuentas públicas, estatal y municipales
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Articulo 15. Los
Sujetos Obligados a los que se refiere el artículo 7 fracción IV de esta
Ley, adicionalmente a la información señalada en el artículo 12 deberán
contar, de manera permanente y actualizada, con la siguiente: |
| FRACCIÓN I |
Datos referentes al desarrollo de obras para brindar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales; alumbrado público; programas de limpia, recolección, traslado y tratamiento de residuos sólidos; ubicación geográfica de mercados y centrales de abasto, panteones, rastros, parques, jardines y su equipamiento. |
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Planes de Desarrollo Municipal; reservas territoriales y ecológicas; participaciones federales y todos los recursos que integran su hacienda, cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. |
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Información en materia de protección civil, los planes de desarrollo urbano, ordenamientos ecológicos y uso de la vía pública. |
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